El mercado mundial se están transformando en la auténtica constitución material de
todos los estados, lo que ha traído como consecuencia que se haya puesto en discusión el
estado constitucional mismo”, agregó en videoconferencia organizada por la UdeC.

Javier Ruipérez Alamillo, profesor investigador de la Universidad de la Coruña, en
España, advirtió sobre la práctica cada vez más común de tomar decisiones fundamentales
para la sociedad “no desde la lógica política-democrática, sino por el contrario, atendiendo
al criterio económico de la ganancia y el beneficio”.

En videoconferencia, Javier Ruipérez dijo que debido a la globalización, cada día se
ensanchan más los espacios económicos y sociales y se reducen los ámbitos políticos, “lo
que convierte a los seres humanos en ciudadanos del mundo cada vez más apartados de la
toma de las decisiones esenciales para ellos mismos”.

Y aunque los ideólogos de la mundialización, dijo, no se muestran como adversarios
del sistema de valores de la realidad constitucional, como lo hicieron algunos totalitarismos
europeos, “el mercado mundial se están transformando a pasos agigantados en la auténtica constitución material de todos los estados, lo que ha traído como consecuencia que se haya puesto en discusión el estado constitucional mismo como mecanismo idóneo para lograr la ordenada y pacífica convivencia entre los seres humanos”.

Para él, en un mundo en constante cambio y cargado de contradicciones, “el único
elemento clarificador del horizonte político es la Constitución, como un referente en el
mantenimiento de los valores y los supuestos que conforman una convivencia civilizada”.

En este sentido, señaló que “no puede existir más soberanía que la de la Constitución, en
cuanto expresión normativa de la voluntad soberana del poder constituyente del pueblo”.

Recordó que en 2001, los gobernantes de los países miembros de la Unión Europea,
“bajo el nombre de ‘Nuevo Tratado Fundacional de la Unión Europea’, buscaron redactar
una extrañamente denominada ‘Constitución Europea’, a través de una convención cuyos
integrantes no fueron elegidos por los diversos cuerpos electorales estatales, sino por los
gobernantes de los estados comunitarios, en atención a su presunta condición de técnicos o
expertos”.

El problema en este caso, comentó, es que los integrantes de dicha convención “no
recibieron este poder extraordinario, especial y específico de los auténticos titulares de la
soberanía, es decir, de los ciudadanos”.

Los miembros de la convención, al ser cuestionados de si era posible aprobar una
Constitución sin la participación del pueblo, tuvieron todos la misma respuesta: que no sólo
era posible, sino que además “era conveniente dejar al margen a los ciudadanos del proceso de elaboración, discusión y aprobación de la nueva normativa superior del ente supraestatal europeo”. Su argumento fue que los temas que debían debatir eran cuestiones técnicas de gran complejidad y que el ciudadano medio europeo no sería capaz de comprender en toda su magnitud.

Este tipo de iniciativas, opinó, se han visto favorecidas por una corriente ideológica
que niega el poder constitucional o lo relega a un mito o una coartada ideológica para poder mantener un concepto político y material de construcción. “Sin embargo, ya el primer presidente del Tribunal Constitucional Español, Manuel García Pelayo, llamó la atención sobre el dato de que la Constitución no es un simple documento de gobierno por el que se organizan los poderes del Estado, sino que ha de presentarse como una auténtica
Constitución constitucional que va a identificarse con el régimen liberal democrático más
amplio”.

Por último, dijo que una medida que podría evitar estos excesos es lo que llamó el
“principio de rigidez constitucional”, al que definió como “un mecanismo jurídico para
erigir a la Constitución en la posición de la ley superior, aunque insuficiente por sí sola para
lograr este cometido, por lo que es necesario facultar a un órgano constitucional (el juez
constitucional) para fiscalizar la actuación del resto de los poderes constituidos y garantizar
que cualquier revisión se verifique de un modo válido, lícito y legítimo”.

Así, concluyó, “el control de constitucionalidad será un mecanismo complementario
de la rigidez constitucional para atender no sólo la necesaria dinamicidad del sistema, sino
también, y de manera más relevante, para garantizar que todos, gobernantes y gobernados, cumplan con los mandatos constitucionales”.

Javier Ruipérez dictó la conferencia “El dogma político de la soberanía del Pueblo y
la supremacía de la Constitución”, como parte de las actividades académicas de la Facultad
de Derecho de la Universidad de Colima.

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