La Secretaría de Salud y Bienestar Social del Gobierno del Estado a través de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Coespris), reiteró que está prohibido expender o suministrar bebidas alcohólicas a menores de edad, por lo que la venta de alcohol a este sector de la población es un delito.

Lo anterior, está plasmado en el artículo 220 de la Ley General de Salud, misma que establece que “En ningún caso y de ninguna forma se podrán expender o suministrar bebidas alcohólicas a menores de edad”.

Violar esta disposición, señala el documento, “será equiparable con el delito de corrupción de menores de 18 años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o que no tienen capacidad para resistirlo”.

En ningún caso podrán expenderse o suministrarse bebidas alcohólicas a menores de edad por parte de algún establecimiento, ya que el incumplimiento de esta disposición remite al artículo 201 del Código Penal Federal, que establece penas que van de cinco a 15 años de prisión.

Dicho artículo señala que “comete el delito de corrupción, quien obligue, induzca, facilite o procure a una o varias personas menores de 18 años de edad o una o varias personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho”.

De esta manera, la Coespris instrumenta acciones de regulación, fomento y control sanitario en centros de consumo y puntos de venta de bebidas alcohólicas, y su implementación se basa en dos ejes principales: fomento sanitario a la población y operativos conjuntos de vigilancia sanitaria.

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