La Diputada María Isabel presentó la reforma para subsanar algunos
vicios legales
Con las reformas que se proponen al Código Civil para el Estado de
Colima, en materia de identidad de la persona, por parte de la Diputada
María Isabel Martínez Flores, se busca que se pueda conocer el origen
biológico de los recién nacidos y se garantice su manutención como lo
establece la Ley.
Con ello, la Legisladora expresó que se pretende subsanar algunos vicios
legales y normar algunas situaciones de hecho de la identidad de las
personas, y que vendrán a simplificar procesos complejos en beneficio de
la población, para solucionarse en el corto tiempo y con mayor agilidad.
A nombre del Grupo Parlamentario “Juntos por Colima”, conformado por el
Diputado Guillermo Toscano Reyes, la Legisladora María Isabel Martínez
Flores, presentó la Iniciativa con proyecto de Decreto para reformar el
artículo 51; los párrafos primero y segundo del artículo 58; la fracción
III del primer párrafo y los incisos b) y c) del segundo párrafo del
artículo 134 Bis; asimismo, se adiciona un segundo párrafo al artículo
78; el inciso d) del segundo párrafo al artículo 134 Bis; del Código
Civil para el Estado de Colima.
Explicó que con esta iniciativa de reforma “estamos flexibilizando el
reconocimiento de la paternidad en acto posterior al registro de
nacimiento, para incluir una modalidad flexible al reconocimiento,
cuando el reconocedor no quiera ejercer el derecho a la paternidad, en
el acta quede acreditada la identidad del reconocedor, sin que el
apellido de éste, afecte los apellidos del reconocido, siempre y cuando
se cuente con la autorización de quien deba otorgarla en términos del
artículo 78 del Código Civil del Estado”.
Manifestó que se garantizará que el reconocido conozca su origen
biológico y, al identificar al reconocedor, se garantiza el acceso al
pago de alimentos, que es un derecho inalienable de la persona.
Agregó que de esta manera se generará una normatividad que puede
permitir el reconocimiento de la paternidad sin que se cambien los
apellidos del reconocido “cuando el reconocedor decida no ejercer su
derecho a la paternidad, no lo excluye del cumplimiento de las demás
obligaciones alimenticias previstas en el Código Civil”.
Martínez Flores dijo que esta reforma tiene una finalidad social e
incluyente, ya que se ha dado el caso de que existe el reconocimiento,
pero el reconocedor no ejerce sus derechos a la paternidad, lo que trae
como consecuencia que en el futuro la hija o hijo decida promover juicio
de rectificación del nombre o desconocimiento de paternidad para quitar
de su identidad el apellido paterno.
Indicó que el tema relativo al orden de los apellidos ha sido muy
controvertido y que la Suprema Corte ha fijado jurisprudencia de que es
un derecho de los padres acordar el orden de los apellidos de sus hijos.
En Colima el orden de los apellidos lo acuerdan los padres y aplica para
el primer hijo de una misma pareja, por lo que, en el acto del registro
de nacimiento del recién nacido, es muy común, que los padres, quieran
cambiar el orden de sus apellidos en sus hijas o hijos, pretendiendo que
el segundo apellido se ponga en primer lugar.
La diputada María Isabel Martínez Flores mencionó que dicha reforma
busca eliminar esas confusiones que pueda generar la norma que regula el
orden de los apellidos, para dejar en claro, que el orden de los
apellidos del registrado se acuerda por los padres en relación con el
primer apellido de cada uno de éstos, y no sobre el segundo apellido.
La iniciativa se turnó, para su estudio y análisis, a la Comisión de
Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales.