* Contempla tres figuras importantes: la Consulta Popular, la Revocación
de Mandato y la Voz Ciudadana en el Cabildo
La Diputada Mayra Yuridia Villalvazo Heredia, presentó una iniciativa
para expedir la nueva Ley de Participación Ciudadana del Estado de
Colima, que tiene como objeto reconocer el derecho humano a la
participación ciudadana, promoverla y facilitarla a través de instituir
y regular los mecanismos de ésta, contribuyendo a su control,
organización y funcionamiento; incluyendo en ella, la consulta popular,
la revocación de mandato y la voz ciudadana en el cabildo.
Además, busca fomentar una participación activa y organizada en las
decisiones públicas, como en la formulación, ejecución y evaluación de
las políticas, programas y actos de gobierno.
En su propuesta, destacó que contempla la inclusión de tres figuras de
suma importancia: la Consulta Popular, la Revocación de Mandato y la Voz
Ciudadana en el Cabildo. Añadió que, actualmente la Ley de Participación
Ciudadana del Estado de Colima, que regula 8 mecanismos de participación
ciudadana, “no contempla la figura de Revocación de Mandato para quien
ocupe la gubernatura, aun cuando está vigente en la Constitución
Política del Estado de Colima”.
Dijo que, esa participación en las elecciones estatales debe ser la base
para incentivar el ejercicio de los mecanismos de participación
ciudadana, sin embargo, aclaró que eso no acontece, a pesar de que las y
los colimenses “somos personas que nos ocupamos de las decisiones
públicas de la entidad de manera importante, esta acción no se refleja
en el uso de los mecanismos que regula la Ley de la materia”.
Sobre la Consulta Popular, explicó que se podrá ejercer este mecanismo
de participación cada año y, a su vez, evitar que se lleve a cabo el
mismo día de la jornada electoral cuando se encuentre en curso un
proceso electoral, se propone que se realice el primer domingo del mes
de septiembre.
Respecto a la revocación de mandato, dijo que se propone, que este
mecanismo proceda solamente una vez en el periodo para el que fue electa
la gubernatura del Estado y podrá solicitarse a la mitad de su mandato,
durante el mes de noviembre posterior a la conclusión del tercer año del
periodo constitucional.
Y sobre el mecanismo de participación ciudadana denominado Voz Ciudadana
en el Cabildo, explicó que éste se puede entender como un medio de
participación personal de la persona ciudadana residente en el
municipio, en una sesión de Cabildo y para ejercerlo, agregó que será
necesaria la presentación de una solicitud de participar en una sesión
de esa naturaleza, la cual deberá ser evaluada por el Secretario del
Ayuntamiento, para determinar su participación o no, en un término
máximo de diez días hábiles.
Por las condiciones que impone la presencia del virus SARS CoV2 y la
pandemia que ha generado, puntualizó que es imperativo proponer que las
autoridades encargadas de la aplicación de la presente Ley, en caso de
darse su aprobación, implementen los mecanismos electrónicos y en línea
necesarios para la consecución de las etapas de los distintos mecanismos
de participación ciudadana que por su naturaleza así lo permitan y que
garanticen certeza y objetividad, además de respetarse tres nuevos
principios en la dicha ley; la accesibilidad, la equidad, y la no
discriminación.
Esta iniciativa con proyecto de Decreto fue turnada para su análisis y
dictamen correspondiente a la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos
Constitucionales, que preside la diputada Ma. Remedios Olivera Orozco.