AVALA CONGRESO, MINUTA DE REFORMA
PARA PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

* Prevé la equidad de género; actualmente el 80% de magistrados y jueces
son hombres

* Se impulsará Escuela de formación para los integrantes del Poder
Judicial

Con la reforma a diversos artículos de la Constitución Federal, el
diputado Guillermo Toscano, manifestó que el Pleno de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación (SCJN), estará facultado para expedir acuerdos
generales, a fin de lograr una adecuada distribución entre las Salas de
los asuntos que competa conocer a la Corte, además se entrega la
facultad al Consejo de la Judicatura Federal para nombrar a magistradas
y magistrados de Circuito, y juezas y jueces de Distrito. También se
prevé la equidad de género, pues actualmente el 80% de magistrados y
jueces son hombres.

Lo anterior, luego de que el Congreso del Estado de Colima, aprobó por
mayoría la minuta con proyecto de Decreto por el que se reforma la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativos al
Poder Judicial de la Federación, el cual fue enviado por la Cámara de
Diputados Federal al Congreso del Estado de Colima.

El también presidente de la Comisión de Gobierno Interno y Acuerdos
Parlamentario, Guillermo Toscano Reyes, aseguró que con las nuevas
medidas se evita el nepotismo, pues las magistradas y los magistrados de
Circuito, así como las Juezas y los Jueces de Distrito serán nombrados y
adscritos por el Consejo de la Judicatura Federal, con base en criterios
objetivos y de acuerdo con los requisitos y procedimientos que
establezcan las disposiciones aplicables, “durarán 6 años en el
ejercicio de su encargo, al término de los cuales, si fueran
ratificados, sólo podrán ser privados de sus puestos en los casos y
conforme a los procedimientos que establezca la ley”.

La ley, agregó que establecerá las bases para la formación y
actualización de funcionarias y funcionarios, así como para el
desarrollo de la carrera judicial, la cual se regirá por los principios
de excelencia, objetividad, imparcialidad, profesionalismo,
independencia y paridad de género.

Precisó que el Consejo de la Judicatura Federal contará con una Escuela
Federal de Formación Judicial encargada de implementar los procesos de
formación, capacitación y actualización del personal jurisdiccional y
administrativo del Poder Judicial de la Federación y sus órganos
auxiliares, así como de llevar a cabo los concursos de oposición para
acceder a las distintas categorías de la carrera judicial en términos de
las disposiciones aplicables.

Destacó el Impulso de la carrera judicial, a través de una escuela de
formación para todos los integrantes del Poder Judicial de la
Federación, como lo son jueces, magistrados, secretarios, defensores
públicos, asesores jurídicos, con la finalidad de que cuenten con una
preparación basada en los métodos más modernos de impartición de
justicia con sensibilidad social y humana, además de que estos cargos
estén sujetos a concurso con transparencia.

El legislador dijo que se garantiza la paridad de género, “principio
ineludible para que nuestra sociedad avance con plenitud de derechos. Se
requiere corregir el desequilibrio en la proporción de hombres y mujeres
que integran el poder judicial federal, ya que, en la actualidad,
alrededor de 80 por ciento de los jueces y magistrados federales son
hombres. Por ello, es necesario romper estereotipos y barreras para que
la participación de las mujeres en la carrera judicial sea paritaria”.

Mencionó que sobre el servicio de defensoría pública en asuntos del
fuero federal será proporcionado por el Consejo de la Judicatura Federal
a través del Instituto Federal de Defensoría Pública, “la Escuela
Federal de Formación Judicial será la encargada de capacitar a las y los
defensores públicos, así como de llevar a cabo los concursos de
oposición”.

Señaló que el Consejo de la Judicatura Federal, determinará el número,
división en circuitos, competencia territorial y especialización por
materias, entre las que se incluirá la de radiodifusión,
telecomunicaciones y competencia económica, de los Tribunales Colegiados
de Circuito, de los Tribunales Colegiados de Apelación y de los Juzgados
de Distrito.

El legislador indicó que en ejercicio de sus facultades regulatorias, el
Consejo de la Judicatura Federal adoptará las medidas necesarias para
convertir los Tribunales Unitarios de Circuito en Tribunales Colegiados
de Apelación, y los Plenos de Circuito en Plenos Regionales,
considerando que en cada entidad federativa, haya al menos, un Tribunal
Colegiado de Apelación, el establecimiento de los Plenos Regionales
partirá de la agrupación de Circuitos según las cargas de trabajo y las
estadísticas de asuntos planteados y resueltos.

Indicó que dicha reforma Constitucional contempla también que cuando una
sala del Tribunal Electoral sustente un criterio sobre la
inconstitucionalidad de algún acto o resolución o sobre la
interpretación de un precepto de esta Constitución, y dicho criterio
pueda ser contradictorio con uno sostenido por las salas o el Pleno de
la Suprema Corte de Justicia, cualquiera de las Ministras y Ministros,
las salas o las partes, podrán denunciar la contradicción en los
términos que señale la ley, para que el Pleno de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación decida en definitiva cuál criterio debe
prevalecer.

De acuerdo con los transitorios, el Congreso de la Unión, dentro de los
180 días siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, deberá
aprobar la legislación secundaria derivada del mismo.

Por Noticias