* La educación inicial y superior quedan como derechos reconocidos

* El gobernador del estado preverá su aplicación de manera progresiva y
de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria

Para tener una armonización del marco jurídico local con el federal,
diputadas y diputados de la LIX Legislatura aprobaron las reformas a la
Constitución Política del Estado de Colima para que la educación inicial
y superior, como derechos reconocidos en la Constitución Federal, queden
establecidas como obligatorias y el estado garantice su impartición de
manera gratuita.

Las reformas a los artículos 97, 98 y 99 de la Constitución Política del
Estado de Colima, detallan que, para la gratuidad en el caso de la
educación superior, ésta deberá realizarse de manera gradual.

Esta adecuación al marco normativo local se deriva de iniciativas
presentadas por los legisladores Carlos César Farías Ramos y Vladimir
Parra Barragán.

En tribuna, la presidenta de la Comisión de Educación y Cultura, la
diputada Rosalva Farías Larios, aseguró que tales reformas vienen a
robustecer el marco jurídico y también a proteger los derechos de las
personas en estricto apego a los Derechos Fundamentales contenidos en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como en los
instrumentos Internacionales ratificados por nuestro país.

Detalló que en la reforma al artículo 97 se dejó establecido que los
gobiernos, del estado y municipales, impartirán la educación de tipo
básico, comprendiendo los niveles de educación inicial, preescolar,
primaria y secundaria, así como la educación media superior y superior,
en coordinación con el Gobierno Federal y de conformidad con lo
dispuesto por la Constitución Federal, la presente Constitución y las
leyes y los reglamentos relativos a la materia.

Agregó que con esta reforma se estipula que la educación inicial,
preescolar, la primaria, la secundaria y la media superior son
obligatorias, “la educación inicial es un derecho de la niñez y será
responsabilidad del estado concientizar sobre su importancia”.

Respecto al artículo 98, mencionó que los particulares podrán impartir
educación en todos sus tipos y modalidades, “en los términos que
establezca la ley, el estado otorgará y retirará el reconocimiento de
validez oficial a los estudios que se realicen en los planteles
particulares”.

La legisladora, señaló que, en el caso de la educación inicial,
preescolar, primaria, secundaria y normal, los particulares deberán
impartir la educación con apego a los mismos fines y criterios, así como
cumplir los planes y programas considerados en el artículo 3° de la
Constitución Federal.

Sobre la reforma del artículo 99 mencionó que además de impartir
educación básica, el estado promoverá y atenderá todos los tipos y
modalidades educativos, incluyendo la educación inicial, especial y
superior necesaria para el desarrollo del estado y la nación, “también
apoyará la investigación e innovación científica, humanística y
tecnológica, y garantizará el acceso abierto a la información que derive
de ella, además alentará el fortalecimiento y difusión de nuestra
cultura”.

Especificó que el gobernador del estado preverá de manera progresiva y
de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria, los recursos
presupuestales necesarios para garantizar la prestación de la educación
inicial, con el fin de lograr la universalidad de dicho servicio,
conforme a lo que establezca la Estrategia Nacional de Atención a la
Primera Infancia.

Dijo que en tanto se transita hacia la universalidad de la educación
inicial, el estado dará prioridad a la prestación de ese servicio, a
niñas y niños indígenas o en condiciones de vulnerabilidad y en riesgo
de exclusión, considerando las condiciones socioeconómicas de sus madres
y padres de familia o tutores.

Por Noticias