El pleno del Congreso local aprobó este miércoles por 23 votos a favor,
adicionar una fracción al punto 1 del artículo 8, hacer el corrimiento
de la subsecuente fracción para que esta sea la XI, así como una sección
cuarta al capítulo VII de las Fiscalías Especializadas conformadas por
los artículos 34 Bis y 34 Ter, todos de la Ley Orgánica de la Fiscalía
General del Estado de Colima.

Con esto, se crea la Fiscalía Especializada en la Investigación de
delitos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o
degradantes.

De acuerdo a la diputada Ana Karen Hernández de la bancada de Morena
quien presentó ante el pleno el documento, esta es dotada de autonomía
técnica y operativa.

Que dentro de sus facultades, están:

-Iniciar y desarrollar la investigación y persecución de hechos
delictivos relacionados con la Ley General para prevenir, investigar y
sancionar la de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o
degradantes.

-Requerir a las instancias competentes del sector público y privado, en
los casos que disponga la Ley General de Víctimas, que se le brinde
atención médica, psicológica y jurídica a las personas víctimas de las
conductas previstas en la Ley General.

-Requerir la participación de las autoridades en materia de atención a
víctimas.

-Ejecutar, supervisar y evaluar el protocolo homologado, así como los
protocolos de actuación y para la investigación a que se refieren los
artículos 60 y 61 de la Ley General en la materia.

-Pedir a las autoridades competentes su colaboración y apoyo para la
investigación y persecución de los delitos en materia de su competencia.

-Decretar las medidas de protección en favor de la vida o la integridad
de las víctimas, de conformidad a la legislación aplicable.

-Solicitar las medidas cautelares aplicables al imputado por los delitos
previstos en la Ley General de conformidad con la legislación aplicable.

-Establecer mecanismos de cooperación con otras autoridades competentes
para intercambio de plataformas de información y capacitación para
dichos efectos.

-Colaborar con otras autoridades competentes a efecto de sistematizar la
información obtenida durante la investigación y promover su intercambio
con otras Fiscalías Especializadas con el fin de fortalecer el
seguimiento y control de las conductas delictivas previstas en la Ley
General y participar en la actualización del Registro Nacional del
Delito de Tortura.

-Llevar a cabo análisis de contexto y patrones sobre la comisión del
delito de tortura, con base en los datos del Registro Nacional del
Delito de Tortura y otra información disponible.

-Ingresar a cualquiera de los lugares de privación de libertad en donde
se presuma que se cometió el delito de tortura

-Proponer políticas para la prevención de las conductas previstas en la
Ley General de la Materia.

Además, el dictamen dicta que la titular del Poder Ejecutivo, a través
de la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración, realizará los
ajustes presupuestales necesarios para garantizar el inicio en funciones
de dicha figura, además de realizar las previsiones necesarias para
contemplar el gasto de la Fiscalía General del Estado en el presupuesto
de egresos 2022, este mismo, deberá cubrir los capítulos de servicios
personales, materiales y suministros, así como servicios generales.

En un plazo no mayor de 80 días después de la publicación de este
decreto, el Fiscal General del Estado realizará las modificaciones de
orden reglamentario y administrativo necesarias para garantizar la
correcta y oportuna ejecución resultante de estas reformas.

Por Noticias