Se atiende demanda ciudadana por altos cobros que representa sacar su
auto de esos lugares

En atención a diversas denuncias ciudadanas por abusos en los cobros por
servicios de grúas y corralones en el Estado, en las cuales se ha visto
involucrada una gran cantidad de personas, obligadas a pagar grandes
cantidades de dinero por esos servicios, el diputado Miguel Ángel
Sánchez Verduzco presentó una iniciativa de reforma a la Ley de
Movilidad Sustentable y con ello evitar que se sigan dando ese tipo de
irregularidades.

En tribuna, el legislador independiente, dijo que, desde el inicio de su
gestión como diputado local, ha trabajado para beneficio de la
ciudadanía y que, en este caso, ha recibido quejas por el funcionamiento
de corralones en el estado, “son recurrentes, cuando el propietario o
poseedor de un vehículo tiene contacto con los administradores de los
corralones, sabe que pagará grandes sumas de dinero por el resguardo”.

Mencionó que, además, no se da certidumbre de los bienes que dejó dentro
del mismo y por lo tanto no se podrá reclamar si lo encuentra dañado en
su exterior o interior, “son trámites tardados y difíciles, y el
vehículo, al ser recuperado estará en franco deterioro por estar durante
varios días a sol y lluvia”.

Indicó que se son pocos los casos de personas que logran recuperar sus
vehículos, “y lo hacen después de recibir maltratos, indiferencia y
frustración. La legislación es omisa en cuanto a resolver la
problemática de los depósitos vehiculares, los problemas de
hacinamiento, deterioro de sus instalaciones y la pésima
infraestructura”.

Aseguró que no existe control directo de la autoridad para ofrecer
seguridad y que en cambio existe saturación de espacios y altos costos
de almacenamiento.

Por ello, propuso adicionar a la Ley de Movilidad Sustentable para el
Estado de Colima al artículo 110, los numerales 3, 4, 5 y 6, relativos a
que los depósitos vehiculares que son concesionarios, “recibirán en
depósito, toda clase de vehículos infraccionados, accidentados o
descompuestos, debiendo abstenerse de recibir vehículos que sean
trasladados por personas físicas o morales que no cuenten con la
concesión para prestar el servicio público auxiliar de salvamento y
arrastre”.

Agregó que se contempla que la liberación de vehículos ordenada por la
autoridad judicial  o  administrativa, exentará al interesado de la
obligación de pago por los servicios de salvamento y arrastre y los de
depósito, “cuando el hecho o acto generadores de la necesidad del
depósito, sea revocado, declarado nulo o por convenio de las partes de
las autoridades estatales y municipales competentes en materia de
salubridad y preservación del equilibrio ecológico y protección al
ambiente así como; la Comisión Mixta de Tarifas, podrán realizar visitas
de inspección a los establecimientos concesionados”.

Añadió que también adición al artículo 385 Bis, a fin de implementar
infracciones a los depósitos vehiculares, por alterar tarifas, incumplir
y omitir las disposiciones de adición y las demás previstas en la Ley de
Movilidad Sustentable para el Estado de Colima.

Con las presentes adiciones a los numerales ya mencionados, destacó que
“tratamos de regular los altos cobros de tarifas por encierro, las malas
condiciones de las infraestructuras de los depósitos vehiculares, y el
maltrato y robo a los vehículos resguardados en dichos depósitos”.

Por Noticias