*La Comisión de Gobierno Interno y Acuerdos Parlamentarios, ahora será
la Junta de Gobierno y Coordinación Política, el cargo de presidente
durará toda la legislatura *Reducen de 25 a 21 las Comisiones
Legislativas +Una vez conformados los grupos parlamentarios, no podrán
integrarse nuevos
Las y los integrantes del Congreso del Estado aprobaron una nueva Ley
Orgánica y su reglamento que habrá de regir al Poder Legislativo, por lo
que se contará con un contenido estructurado y sistematizado, integrando
temas que se encuentran dispersos en diversos apartados de la Ley
vigente para concentrarlos en títulos, capítulos o secciones
específicas, con el objeto de mejorar su comprensión y entendimiento.
Entre las modalidades se habilita la Junta de Gobierno y Coordinación
Política, se reducen el número de comisiones a 21, no podrán integrarse
nuevos Grupos Parlamentarios de forma extemporánea, entre otras.
En la exposición de motivos, el diputado Guillermo Toscano Reyes señaló
que, el dinamismo del Poder Legislativo y las reformas que han
modificado, adicionado y derogado el contenido de su Ley Orgánica ha
generado que su estructura se vea afectada, y que carezca en algunos de
sus apartados, de una adecuada integración sistemática.
Precisó que, para la conformación de esta nueva Ley Orgánica del Poder
Legislativo, se ha tomado como base y punto orientador la Ley Orgánica
del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de manera
especial, el Reglamento de la Cámara de Diputados, “disposiciones que
integran las mejores y más avanzadas prácticas parlamentarias en el
país”.
Indicó que esta nueva Ley Orgánica del Poder Legislativo se estructura
en cuatro títulos, el primero relativo al Congreso del Estado, en el que
se integran capítulos que regulan sus disposiciones generales, y los
derechos y obligaciones de los diputados; el segundo que regula de forma
específica la organización y funcionamiento de ese poder; el tercero que
se encarga específicamente del procedimiento y las prácticas
parlamentarias que se desarrollan al seno del Poder Legislativo para el
efectivo ejercicio de sus funciones; y un cuarto título que regula
facultades específicas que tiene el Congreso del Estado.
Dijo que el nuevo ordenamiento incorpora modificaciones a la Comisión de
Gobierno Interno y Acuerdos Parlamentarios, que se transforma en la
Junta de Gobierno y Coordinación Política, una instancia más acorde a su
esencia, naturaleza y atribuciones encaminadas a la gobernabilidad del
Poder Legislativo y al logro de acuerdos y consensos políticos entre las
diferentes corrientes políticas que lo integran.
El legislador puntualizó que esta instancia continúa preservando su
relevancia al interior del Congreso del Estado al integrar a los
diversos coordinadores de los Grupos Parlamentarios que se constituyan,
así como su función orientada a coadyuvar con el Pleno a través de la
búsqueda de acuerdos entre los diputados para la mejor realización de
sus fines, “deberá instalarse, de manera previa, a la primera sesión
ordinaria que celebre el Congreso al inicio de la Legislatura. La
Presidencia de la Junta de Gobierno recaerá en el Coordinador del Grupo
Parlamentario que por sí mismo cuente con la mayoría absoluta en el
Congreso, quien la ocupará por la totalidad de la duración de la
Legislatura.”.
Agregó que en relación a los Grupos Parlamentarios, se establece que
deben constituirse desde la instalación de la legislatura
correspondiente, con el objeto de que se integren de manera ágil y
permita su ejercicio a lo largo de la misma; en cuanto a los diputados
únicos de partido que no integren grupo parlamentario, y a los diputados
independientes, se protegen sus derechos de participación y
representación al seno del Poder Legislativo y se establece la
posibilidad de que se incorporen a los grupos parlamentarios
constituidos; “aun cuando no se incorporan como miembros a la Junta de
Gobierno y Coordinación Política, tienen facultad para asistir a sus
reuniones, y se les garantiza plenamente su participación en las
sesiones del Pleno y como miembros de las comisiones legislativas, que
son consustanciales a las atribuciones y funciones del Congreso del
Estado”.
Mencionó que respecto a las Comisiones permanentes se elegirán por el
Pleno, a propuesta de la Junta de Gobierno, durante el primer mes de la
nueva Legislatura, por mayoría simple y votación nominal, siendo éstas;
la de Justicia, Gobernación y Poderes; Estudios Legislativos y Puntos
Constitucionales; Hacienda; Presupuesto, Fiscalización y Cuenta Pública;
Responsabilidades; Educación y Cultura; Ciencia, Tecnología e Innovación
Gubernamental; Salud y Deporte; Seguridad Pública y Protección Civil;
Desarrollo Económico; Desarrollo Rural Sustentable; Desarrollo Urbano y
Movilidad; Desarrollo Sustentable y Mejoramiento Ambiental; Desarrollo
Municipal; Bienestar e Inclusión Social; Comisión de Igualdad y Equidad
de Género; Trabajo y Previsión Social; Derechos Humanos; Participación y
Petición Ciudadana; Vigilancia del Órgano Superior de Auditoria y
Fiscalización Gubernamental del Estado; y Anticorrupción y Transparencia
Gubernamental.
Toscano Reyes, agregó que, en caso de no lograrse la mayoría en el
Pleno, las comisiones serán asignadas entre los Grupos Parlamentarios en
proporción al número de Diputados que los integran, los Diputados
únicos, los Diputados sin partido y los Diputados independientes.
El legislador añadió que dichas Comisiones permanentes serán por todo el
ejercicio constitucional de la Legislatura, y que, a petición de uno de
sus miembros o de un Grupo Parlamentario, podrán proponerse cambios en
su conformación en la Junta de Gobierno, que a través de su presidente,
lo pondrá a consideración del Pleno, la cual se deberá aprobar por
mayoría absoluta.
También precisó que se modifican las fechas del proceso de instalación
de la legislatura, específicamente para la realización de la Junta
Previa, del 25 de septiembre del año de la elección al 29 del mismo mes
y año, para que existan las condiciones de llevarla a cabo con los
grupos parlamentarios ya constituidos, y con mayor certeza de los
diputados que conformarán la legislatura respectiva.
Sobre la Mesa Directiva comentó que, en aras de abonar a la estabilidad
y gobernabilidad del Poder Legislativo, se establece que su Presidente y
Vicepresidente serán electos para todo un periodo ordinario de sesiones,
pudiendo ser reelectos para el periodo inmediato posterior, con lo que
se busca que la Mesa Directiva se encuentre conformada en su integridad
durante un periodo más amplio, “se fortalece a este órgano legislativo
ampliando sus funciones y duración, como garante de la continuidad del
trabajo legislativo, buscando su especialización por la experiencia de
sus miembros en lapsos más amplios en el cargo”.
Entre los ordenamientos, las y los legisladores estarán sujetos a las
normas de disciplina parlamentaria, en materia de asistencia, desempeño
de la función legislativa, orden, probidad, lealtad, decoro, uso de la
palabra, uso de la tribuna, debates y votaciones, tanto en el Pleno como
en las Comisiones y en cualquier otro órgano del Congreso en el que
participen. Así mismo mantienen el fuero constitucional, por lo tanto,
no podrá exigírseles responsabilidad legal alguna por las opiniones que
manifiesten en el desempeño de sus funciones, tampoco podrán ser
reconvenidos o enjuiciados.
Se establece también que, recibirán los apoyos financieros, materiales y
de recursos humanos que requieran para desempeñar con eficacia su
función, sin que por ningún motivo puedan recibir recursos para la
previsión social múltiple ciudadana, apoyos sociales o conceptos
similares.
Las y los legisladores, de acuerdo con el nuevo ordenamiento contempla
que deberán conducirse con respeto en sus intervenciones, durante las
sesiones y trabajos legislativos en los que participen.
Indicó que sólo serán justificadas las inasistencias o salidas
anticipadas a las sesiones del Pleno o reuniones de trabajo de alguna
Comisión Legislativa, por cuestiones médicas acreditadas a través de
comprobante médico de una institución pública o privada, por maternidad,
paternidad, fallecimiento de algún familiar, encomiendas delegadas por
el Pleno o alguna Comisión, o por justificación que califique el
presidente de la Mesa Directiva o de la Comisión respectiva.
Detalló que una vez que el presidente haya realizado la declaratoria, no
se podrán integrar nuevos grupos parlamentarios por el resto de la
Legislatura.
El legislador, especificó que, de acuerdo con el nuevo reglamento de la
Ley Orgánica para la operatividad del Congreso del Estado, se contempla
la eliminación de la figura de la Oficialía Mayor, y ahora se contará
con el apoyo profesional técnico de la Secretaría General, que estará a
cargo de una persona titular de la misma, quien dependerá
jerárquicamente de la Junta de Gobierno.
Mencionó que la designación y remoción de la persona titular de la
Secretaría General corresponderá al Pleno, por mayoría absoluta, a
propuesta de la Junta de Gobierno, a través de su presidente. El
nombramiento y remoción de las personas titulares de las Direcciones,
Jefaturas, Unidades y demás servidores públicos de la Secretaría General
será facultad de la Junta de Gobierno, a propuesta de su presidente.
Precisó que, para su eficaz desempeño, la Secretaría General contará con
el apoyo de las direcciones de Proceso Legislativo; Asuntos Jurídicos;
Administración, Finanzas y Servicios Generales; y de Comunicación
Social.
La iniciativa de Ley con Proyecto de Decreto fue presentada por las
Diputadas y Diputados Vladimir Parra Barragán; Araceli García Muro;
Blanca Livier Rodríguez Osorio; Arturo García Arias; Luis Fernando
Escamilla Velazco; Miguel Ángel Sánchez Verduzco; Guillermo Toscano
Reyes; Claudia Gabriela Aguirre Luna; Ana Karen Hernández Aceves y Luis
Rogelio Salinas Sánchez.